DECLARACIÓN DE LAS SOCIEDADES CIENTÍFICAS DE CIENCIAS DE LA EDUCACIÓNI SOBRE LOS NUEVOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN PARA LA ACREDITACIÓN NACIONAL DEL PROFESORADO UNIVERSITARIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA ACADEMIA DE LA ANECA PARA EL ACCESO A LOS CUERPOS DOCENTES UNIVERSITARIOS
Las Sociedades científicas de Ciencias de la Educación consideramos que los nuevos criterios de evaluación para la acreditación del profesorado titular y catedrático de Universidad poseen un nivel de exigencia no razonable, alejado de la realidad de la investigación educativa en nuestro país, ya que no se adecuan a las circunstancias de la investigación educativa en España.
Tomando en consideración el proceso de acreditación para el acceso
a los cuerpos
universitarios, regulado por el RD 415/2015,
al que se remite el desarrollo del Programa ACADEMIA con el objeto de evaluar
el perfil de los solicitantes para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes universitarios (Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad); y, más en concreto, lo dispuesto por la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación (ANECA), como “méritos
obligatorios” y “méritos complementarios” para
obtener una calificación positiva en las solicitudes de acceso a ambos cuerpos
docentes en las Ciencias de la
Educación.
Exponen:
· Su rechazo a los nuevos criterios
de evaluación en relación con los criterios
anteriores y a los procedimientos para acreditarse como profesor
o profesora universitaria. Unos criterios que, en nuestras sociedades científicas, impiden y/o
paralizan la promoción de gran parte de la
plantilla de las universidades.
· No nos negamos categóricamente a una evaluación para la acreditación de los cuerpos
docentes universitarios sino que consideramos que los criterios
que se adopten
deben tener en cuenta la realidad
de la investigación educativa en nuestro país: partir de un diagnóstico que considere
los resultados y logros
asociados a la aplicación de los anteriores criterios, las políticas científicas y educativas, así como la inversión en investigación en España,
en sus Comunidades Autónomas y Universidades (en concreto
en el área de la investigación en las Ciencias
de la Educación), incluir indicadores de impacto
social de sus proyectos de investigación y de la transferencia de conocimiento en publicaciones, congresos, planes de estudio,
programas educativos y sociales,
etc.; y, al tiempo,
establecer líneas de mejora de la investigación, inevitablemente vinculadas a los procesos de innovación educativa y a la de la calidad de la Educación, dentro y fuera del sistema
escolar.
· En los nuevos criterios se le otorga una prioridad
excesiva a las publicaciones con estándares, evidencias, etc. que son inalcanzables y desproporcionados a los méritos
que pueden conseguirse, en algunos
campos educativos, en perjuicio de la docencia, la gestión,
aspectos fundamentales y necesarios en la tarea de un docente universitario. Máxime cuando en los últimos
años han disminuido notoriamente los fondos económicos y los recursos
que se destinan a la investigación educativa, con el consecuente deterioro y precarización de las condiciones retributivas, laborales y profesionales del profesorado universitario y un mayor aumento de la docencia.
En este sentido,
debe advertirse que el número de profesores asociados ha aumentado
exponencialmente en nuestras
Universidades lo que haría imposible
su acceso a los cuerpos
docentes de TU y CU, garantizando el necesario
relevo generacional del profesorado
· Los nuevos criterios son bastante
más restrictivos que los que se exigen para una evaluación positiva de la actividad
investigadora (tramos de investigación), en las Ciencias
de la Educación, que hasta ahora ha aplicado la Comisión Nacional de Evaluación de la Actividad
Investigadora (CNEAI). El acceso a la acreditación de profesorado universitario no puede ser predominantemente valorado por la investigación publicada en revistas que tienen
sus sedes, de forma mayoritaria, en otros países. La minusvaloración de las revistas
editadas en España,
con crecientes indicios
de calidad y niveles reconocidos en su proyección nacional e internacional, entre otras
las que publican
las editoras universitarias, con Consejos
de Redacción, Comités
Editoriales, Comités Científicos, procesos
de evaluación ciegos, etc. acabará
determinando su desaparición, sin mejorar sus niveles
de exigencia, al derivar los autores sus publicaciones hacia otros contextos y realidades.
· Se exige un exceso
de publicaciones en el JCR, Scopus o en SJR en primer
cuartil (Q1) cuando, en el amplio y diversificado campo de la educación en España, no existe
actualmente ninguna revista
de Educación
Q1 y
sólo hay dos (2)
revistas JCR en Q2. En SJR, hay 13 revistas
españolas de educación
en Q3 y 9 en Q4. En Scimago
hay 1.066 revistas en Educación, de las cuales sólo 25 son españolas
(es decir, un 2,34% de las que se editan), pero solo 2 en el Q1+Q2. Por tanto será del todo imposible para muchos profesores y profesoras acceder
a la acreditación en los cuerpos
docentes de Titulares
y Catedráticos de Universidad.
· Las revistas de impacto internacionales son, a veces, excesivamente especializadas imposibilitando que profesorado de educación
puedan publicar en ellas, ya que la actividad educativa es -y debe ser- por la naturaleza de sus saberes, esencialmente interdisciplinaria. En Ciencias de la Educación, la innovación educativa, la transferencia de nuestras
propuestas en forma de proyectos
al tejido educativo
pasa a no valorarse si no adopta el formato
de investigación en un momento
en el que se exige un cambio
educativo y la aplicación de proyectos de innovación.
· En educación algunas de las revistas
llamadas de impacto
tienen una escasa difusión y una baja incidencia en la mejora del conocimiento educativo, con la paradoja
de poco o muy poco impacto,
por no decir incluso inexistente, en las realidades educativas, completamente al margen de las necesidades emergentes y urgentes
de las comunidades educativas y de quienes adoptan las decisiones políticas en los procesos de reforma
y mejora de la educación, tanto en el ámbito de las Administraciones del Estado y Autonómicas como locales.
Es especialmente grave que contribuciones de carácter
interdisciplinar con equipos
mixtos tampoco se vean valoradas
si no se publican
en "revistas de educación" negando una productividad al ámbito educativo
que no tienen el resto de colaboradores pertenecientes a otros campos.
· En las Ciencias de la Educación
será deseable y razonable que los nuevos
criterios no estén al margen de las decisiones políticas que adoptan las propias
Administraciones, ni de los instrumentos que promueven
con fondos públicos
(como por ejemplo el “sello de calidad” de las revistas científicas de la FECYT,
que es completamente ignorado en estos criterios) y buscar alternativas en el índice de impacto H del que hace uso el Journal Scholar Metrics: Arts, Humanities, and Social Sciences ya que en España están
registradas 128 revistas, 23 de ellas en los dos primeros cuartiles. Otra alternativa sería tener en cuenta
la “San Francisco Declaration on Research
Assessment http://www.ascb.org/
· Es exagerado que para acceder
al cuerpo de Profesores Titulares de Universidad se demanden
15 años de docencia universitaria a tiempo
completo, o 5 años en la calificación B, y publicaciones de impacto
sobre innovación cuando las revistas de impacto
no acostumbran a publicar innovaciones docentes. Ello comporta
un número excesivo
de años de docencia
al profesorado a tiempo parcial (mayoritario actualmente) y a no poder publicar las innovaciones docentes en revistas catalogadas
de impacto.
Creemos que unos nuevos criterios de acreditación deben someterse a un debate en el seno de la propia comunidad universitaria y, una vez establecidos, no deben aplicarse hasta que no haya transcurrido un tiempo suficiente para que los investigadores hayan podido orientar adecuadamente su carrera profesional. Una tarea que nunca podrá hacerse al margen de una previsión de cortos, medios y largos plazos acerca de sus posibilidades de promoción y/o estabilización, del financiamiento que lo haga posible en cada Universidad y en el conjunto del sistema universitario, con las necesarias garantías de equidad, justicia y mérito.
· Los criterios que se adopten nunca podrán situarse
al margen de los principios éticos y de los códigos deontológicos que se adopten en la evaluación, con su correspondiente aplicación en la investigación básica y aplicada
(también en las Ciencias
en general, pero sobre todo en el ámbito educativo), asumidos por la comunidad científica, comenzando por los evaluadores y las Comisiones de Evaluación que sean designados a tal fin. Estándares éticos que invocan
no sólo la importancia del impacto científico, difusión y de sus niveles
de indexación, sino también
al compromiso cívico de los/as investigadores/as y a la responsabilidad social
de la investigación, del uso de una pluralidad de metodologías, del trabajo en equipo y
en redes de investigadores, del respeto
y de la participación activa de
los
ciudadanos y de todos
los
sectores y colectivos investigados, incluso en el estímulo
y el reconocimiento de la autoría
compartida de la
investigación y no de publicaciones de autor único.
Por todo ello SOLICITAMOS:
Que
se retiren y, consecuentemente, que se proceda a la paralización y/o no aplicación de los nuevos criterios para la Acreditación en el acceso del profesorado universitario a los cuerpos
docentes de Titulares
y Catedráticos de Universidad.
Que
se ponga en valor, tomando en consideración, la reflexión y el debate que ya se está produciendo en todas las Universidades españolas sobre esta cuestión.
Que
se realice un riguroso análisis de los criterios
necesarios y que la incorporación de esos criterios surja de la pluralidad de las aportaciones que emanen del conjunto
de la
comunidad científica.
En todo caso, y antes de adoptar criterios que tengan un carácter definitivo se ha de analizar
que sean justos y viables. También será necesario
adecuar los criterios a las realidades existentes, contribuyendo a mejorar la plantilla docente
y la Universidad española.
Un deseo, con los logros a los que pueda dar lugar,
con el que la comunidad
docente e investigadora de las Ciencias
de la Educación
se siente comprometida, contribuyendo activa
y constructivamente.
i Sociedad Española de Pedagogía (SEP)
Sociedad Iberoamericana de Pedagogía Social (SIPS) Sociedad Española de Historia de la Educación (SEDHE)
Sociedad Iberoamericana de Pedagogía Social (SIPS) Sociedad Española de Historia de la Educación (SEDHE)
Sociedad Española
para el Estudio del Patrimonio Histórico-Educativo
(SEPHE) Societat d’Història de
l’Educació dels Països de Llengua Catalana
Sociedad Española de Educación
Comparada (SEEC)
Asociación Interuniversitaria de Investigación
Pedagógica (AIDIPE) Asociación
Universitaria de Formación de
Profesorado (AUFOP) Red
Universitaria de Tecnología Educativa (RUTE)
Coordinadora Universitaria del Área de Didáctica
y Organización Escolar (CUADOE)
Coordinadora de
profesores universitarios de Educación inclusiva
Red de Investigación sobre Liderazgo
y Mejora Educativa(RILME),
Red Universitaria de Investigación e Innovación Educativa (REUNID)
Seminario Interuniversitario de Teoría de la Educación (SITE)
Red Universitaria de Investigación e Innovación Educativa (REUNID)
Seminario Interuniversitario de Teoría de la Educación (SITE)
Equipo de Desarrollo Organizacional. UAB. (EDO)
Grupo de Formación Docente e Innovación
Pedagógica. UB. (FODIP)